Primero: Organizador
La presente campaña promocional es organizada por don Nicolás Patricio Zúñiga Fuenzalida, cédula nacional de identidad N° 15.396.192-1, domiciliado para estos efectos en Los Quillayes N° 1, comuna de Pirque, Región Metropolitana, correo electrónico zunigan576@gmail.com, en adelante el “Organizador”.
Segundo: Objeto de la campaña
El objeto de la presente campaña promocional consiste en la asignación de una propiedad ubicada en Calle Hijuela N° 44, sector Lindero Azul, comuna de El Tabo, Región de Valparaíso, inscrita a fojas 4265 vuelta, número 4740, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio correspondiente al año 2014, Rol de Avalúo N° 660-46.
La propiedad será entregada en el estado material y jurídico en que se encuentre al momento de la transferencia, libre de ocupantes y libre de hipotecas, gravámenes, prohibiciones, embargos o litigios que impidan legalmente su transferencia, salvo aquellos que hubieren sido informados expresamente con anterioridad.
El Organizador declara contar con las facultades necesarias para desarrollar la presente campaña y materializar la transferencia del inmueble al ganador.
Tercero: Valor de participación
Cada participación tendrá un valor de $10.000 (diez mil pesos chilenos).
Cuarto: Cantidad de participaciones
La campaña contempla:
- Un mínimo de 13.000 participaciones válidamente registradas para la realización del proceso de selección.
- Un máximo de 15.000 participaciones disponibles.
Las participaciones serán asignadas por orden de compra y sujetas a disponibilidad.
Quinto: Plazo de participación
El período de participación tendrá una duración de seis meses contados desde la publicación oficial de las presentes bases.
En caso de no alcanzarse la cantidad mínima requerida, el Organizador podrá extender dicho período por una sola vez y hasta por seis meses adicionales, circunstancia que será informada oportunamente mediante los canales oficiales de difusión.
Sexto: Forma de pago
Las participaciones se obtendrán exclusivamente mediante pago efectuado a través de la plataforma Flow.cl, utilizando cualquiera de los medios de pago habilitados por ésta.
La validación de la participación quedará sujeta a la confirmación efectiva del pago.
El Organizador no será responsable por fallas, interrupciones, rechazos, errores operacionales o inconvenientes atribuibles a terceros, incluyendo entidades bancarias, emisores de tarjetas o plataformas de pago.
Séptimo: Participantes
Podrán participar personas naturales mayores de 18 años, chilenas o extranjeras con residencia legal en Chile, que registren válidamente una o más participaciones.
Cada participante podrá registrar la cantidad de participaciones que estime conveniente, sujeto a disponibilidad.
No podrán participar:
- El Organizador.
- La propietaria del inmueble objeto de la campaña.
- Los cónyuges, convivientes civiles, ascendientes, descendientes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad del Organizador.
Octavo: Mecanismo de selección
La selección del ganador se realizará únicamente si se alcanza la cantidad mínima de 13.000 participaciones válidamente registradas.
La fecha, hora y modalidad del proceso serán informadas con una anticipación mínima de diez días corridos mediante los canales oficiales de difusión de la campaña.
La selección podrá realizarse mediante un sistema verificable que garantice transparencia, publicidad, igualdad de condiciones y trazabilidad del proceso.
El Organizador podrá registrar y difundir el procedimiento mediante transmisión en vivo u otros medios digitales.
Noveno: Ganador
La identidad del ganador será publicada en los medios oficiales de difusión de la campaña.
El Organizador realizará gestiones razonables para contactarlo utilizando los antecedentes proporcionados al momento del registro.
Se entenderá cumplida la obligación de contacto mediante el envío de comunicaciones al correo electrónico, número telefónico u otros medios registrados por el participante.
Será responsabilidad exclusiva de cada participante mantener actualizados sus datos de contacto.
Décimo: Transferencia de la propiedad
El ganador deberá comparecer oportunamente y suscribir todos los documentos necesarios para materializar la transferencia del inmueble.
Serán de cargo exclusivo del ganador:
- Gastos notariales.
- Gastos de escritura pública.
- Derechos e inscripciones ante el Conservador de Bienes Raíces competente.
- Impuestos que legalmente correspondan al adquirente.
- Certificados y documentos necesarios para la inscripción de dominio.
- Cualquier otro gasto directamente relacionado con la transferencia e inscripción del inmueble.
El Organizador asumirá exclusivamente las obligaciones que legalmente le correspondan como propietario o transferente hasta la fecha de suscripción de la escritura pública.
La tradición del inmueble se entenderá efectuada una vez practicada la correspondiente inscripción de dominio en el Conservador de Bienes Raíces competente.
Décimo primero: Estado del inmueble
La propiedad será entregada libre de ocupantes y al día en el pago de contribuciones, consumos básicos, gastos comunes y demás obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de la escritura pública de transferencia.
El Organizador declara que, a la fecha de la selección del ganador, no existen impedimentos legales conocidos que imposibiliten la transferencia del inmueble.
Décimo segundo: Devolución de dineros
Si finalizado el plazo original y su eventual extensión no se alcanzare la cantidad mínima de 13.000 participaciones válidamente registradas, el Organizador procederá a la devolución íntegra de los montos efectivamente pagados por los participantes.
Las devoluciones se efectuarán preferentemente por el mismo medio de pago utilizado o mediante transferencia electrónica a la cuenta informada por el participante, dentro del plazo de treinta días hábiles contado desde la comunicación oficial del término de la campaña.
Las devoluciones no generarán reajustes, intereses ni indemnizaciones de ninguna especie.
Décimo tercero: Modificaciones, suspensión o cancelación
El Organizador podrá efectuar modificaciones de carácter formal a las presentes bases cuando ello resulte necesario para el adecuado desarrollo de la campaña y no implique afectar las condiciones esenciales de participación ni los derechos adquiridos por los participantes.
Asimismo, podrá suspender, reprogramar o cancelar la campaña por caso fortuito, fuerza mayor, imposibilidad legal sobreviniente, resolución de autoridad competente o cualquier circunstancia ajena a su voluntad que impida su normal ejecución.
Décimo cuarto: Responsabilidad
La participación en la campaña implica el conocimiento y aceptación íntegra de las presentes bases.
El Organizador no será responsable por:
- Errores u omisiones en los antecedentes proporcionados por los participantes.
- Problemas técnicos atribuibles a terceros.
- Fallas de internet, servicios de telecomunicaciones, sistemas bancarios o plataformas de pago.
- Actos realizados por terceros ajenos a su control que afecten el normal funcionamiento de la campaña.
Décimo quinto: Datos personales
Los participantes autorizan expresamente el tratamiento de sus datos personales para fines relacionados con la administración de la campaña, validación de participaciones, contacto, verificación de identidad, cumplimiento de obligaciones legales, devoluciones de dinero y difusión de resultados.
El Organizador se compromete a tratar dichos antecedentes conforme a la legislación chilena vigente en materia de protección de datos personales.
Décimo sexto: Publicidad
El ganador autoriza al Organizador para difundir su nombre, imagen y comuna de residencia exclusivamente para efectos informativos y de difusión de los resultados de la campaña, a través de redes sociales, sitio web y demás medios asociados, sin derecho a compensación económica adicional.
Décimo séptimo: Incomparecencia del ganador
El ganador dispondrá de un plazo de sesenta días corridos contado desde la fecha de la primera comunicación efectuada por el Organizador para comparecer y suscribir los instrumentos necesarios para materializar la transferencia.
Si transcurrido dicho plazo no compareciere o no fuere posible concretar la transferencia por causas exclusivamente imputables al ganador, el Organizador podrá dejar sin efecto la asignación y proceder conforme al mecanismo de reemplazo previamente informado en los canales oficiales de difusión de la campaña.
Décimo octavo: Legislación aplicable y competencia
Las presentes bases se regirán por las leyes de la República de Chile.
Toda controversia relacionada con su interpretación, aplicación o ejecución será sometida al conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia competentes de la República de Chile.
Décimo noveno: Aceptación de las bases
La participación en la presente campaña implica el conocimiento y aceptación íntegra de todas las disposiciones contenidas en estas bases y condiciones.